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Sancionado en Apatzingán el 22
de Octubre de 1814
El supremo congreso mexicano deseoso de
llenar las heroicas miras de la nación elevadas nada menos que al sublime objeto
de substraerse para siempre de la dominación extranjera y substituir al despotismo
de la monarquía de España un sistema de administración, que reintegrado a la
nación en el goce de sus augustos, imprescriptibles derechos, la conduzca a
la gloria de la Independencia y afiance sólidamente la prosperidad de los ciudadanos,
decreta la siguiente forma de gobierno, sancionando ante todas las cosas los
principios tan sencillos como luminosos en que puede solamente cimentarse una
constitución justa y saludable.
"La América es libre e independiente
de España y de otra nación gobierno o monarquía. - Ninguna nación tiene derecho
para impedir a otra el uso libre de su soberanía.- El título de conquista no
puede legitimar los actos de la fuerza, el pueblo que lo intente debe de ser
obligado por las armas a respetar el derecho de las naciones.- La facultad de
dictar leyes y establecer la forma de gobierno que más convenga a los intereses
de la sociedad, constituye la soberanía.- Esta es por naturaleza, imprescriptible,
inalienable e indivisible. La soberanía dimana inmediatamente del pueblo, la
que depositada en sus representantes debe dividirse para su ejercicio en tres
ramos. Legislativo, Ejecutivo y Judicial.- Que a consecuencia de ser libre toda
la América, no debe de haber esclavos y por ellos deben los Intendentes de Provincia
y demás magistrados velar porque se pongan en libertad cuantos esclavos hayan
quedado y que ninguno en delante podrá venderlos, ni persona podrá hacer esta
compra, previniendo a las providencias y jueces no esclavicen a los hijos de
los pueblos con servicios personales que sólo deben a la nación y soberanía
no al individuo, como tal queda abolida la (gerigonza) de calidades de indio,
mulato o mestizo, etcétera y sólo se distingue la regional nombrándolos a todos
generalmente americanos con cuyo epíteto nos distinguimos sobre el Inglés, Francés
o más bien del Europeo, del Africano y del Asiático, que ocupan las otras partes
del mundo.
Que los naturales de los pueblos son dueños
de sus tierras.- Los jueces y las justicias harán saber a todos que deberán
entregarse las tierras a los pueblos para que puedan ellos cultivarlas sin que
puedan arrendarse pues su goce debe ser de los naturales de los respectivos
pueblos.- Deben inutilizarse todas las haciendas y cuyos terrenos laboreos pasen
de dos leguas, porque el beneficio de la agricultura consiste en que todos se
dediquen a beneficiar su propio terreno que puedan asistir con su trabajo e
industria.
La ley debe de ser igual para todos y las
que dicte nuestro congreso deben de ser tales, que obliguen a la constancia
y patriotismo, moderen la opulencia y acaben la indigencia y de tal suerte se
aumente el jornal del pobre, que mejore sus costumbres y aleje la ignorancia
y la miseria, la felicidad del pueblo y de cada uno de los ciudadanos consiste
en el gozo de la igualdad, seguridad, propiedad y libertad. Esta no puede existir
sin que fije la ley los límites de los pobres y la responsabilidad de los funcionarios
públicos.- La casa de cualquier ciudadano es un asilo inviolable. La instrucción
como necesaria a todos los ciudadanos debe ser favorecida por la sociedad en
todo su poder.- Los bienes de los ricos y los tesoros de las iglesias deben
destinarse a los pobres y a los gastos de la causa insurgente".
José Ma. Morelos.
Tomaron parte en dicho congreso, los señores
José Ma. Liceaga, diputado por Guanajuato (Presidente), Dr. José Sixtos Verduzco,
diputado por Michoacán.- José Ma. Morelos, diputado por el nuevo reino de León.-
Lic. José Manuel de Herrera, diputado por Tecpan.- Dr. José Ma. Coss,
diputado por Zacatecas.- Lic. José Sotero de Castaneda, diputado por Durango.-
Lic. Cornelio Ortiz de Zárate, diputado por Tlaxcala.- Lic. Manuel de Alderete
y Soria, diputado por Querétaro.- Antonio José Moctezuma, diputado por Coahuila.-
Lic. José Ma. Ponce de León, diputado por Sonora.- Dr. Francisco Argandar, diputado
por San Luis Potosí.- Lic. Ignacio López Rayón.- Lic. Manuel Sabino Crespo.-
Lic. Andrés Quintana Roo.- Lic. Carlos Ma. de Bustamante.- Antonio de Sesma.-
Remigio de Yarza (Secretario), Pedro José Bermeo (secretario).
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